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Aprueban iniciativa en Congreso Legislativo que elimina distinción entre mexicanos de nacimiento y naturalización para cargos públicos

En sesión de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la LXV Legislatura del Congreso de Aguascalientes, que preside la diputada Nancy Gutiérrez y que en esta ocasión integraron las y los congresistas Genny López, Karola Macías y Francisco Sánchez; fue avalado el dictamen de reforma al artículo 66 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, con el objeto de eliminar la distinción entre mexicanos por nacimiento y de naturalización para acceder a los cargos públicos en los casos de las alcaldías, sindicaturas y regidurías municipales.  

La propuesta que plantearon la diputada Alma Hilda Medina y el legislador Adán Valdivia López, señala que a los mexicanos por naturalización se les niega el derecho de acceder a diversos cargos públicos, por lo que proponen modificar el ordenamiento al que se hace referencia, y así hacer a un lado esta restricción.  

En este orden de ideas, se estimó procedente la reforma para los casos de presidente o presidenta municipal, síndico o síndica, regidor o regidora; ya que no se establece este requisito de manera expresa en la Constitución Federal, y su actuar no se encuentra vinculado directamente con la protección de la soberanía y la seguridad nacional, pues entre las facultades que gozan los Ayuntamientos, conforme a la Constitución Federal, se encuentran principalmente lo referente al agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales, alumbrado público; limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos; mercados y centrales de abasto; panteones, rastro; calles, parques y jardines, seguridad pública preventiva, entre otras.  

Por lo que la actual restricción de que únicamente puedan ocupar estos cargos los mexicanos por nacimiento, puede considerarse como discriminatorio para el acceso a dicho empleo a los mexicanos, previsto en los artículos 1o párrafo quinto, 32 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.  

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